Antes de pensar en la homologación de una moto, debemos comprobar si todas las modificaciones que le queremos hacer se encuentran dentro del manual de reformas para pasar la ITV. Las transformaciones en nuestra moto pueden ser un quebradero de cabeza a la hora de pasar la ITV. 

Lo mejor, es pedir ayuda a un mecánico o taller especializado para que se encarguen de llevar las preparaciones y te proporcionen los consejos necesarios para saber si las modificaciones que quieres hacer son viables. Nuestra recomendación es que si quieres ahorrar un poco homologues todas las modificaciones de golpe. Es importante que todas las piezas sean homologadas y tengan el sello CE para que la ITV apruebe los cambios.

Si tu moto es nueva y tiene garantía hay que tener cuidado porque utilizar recambios no originales puede hacerte perder la garantía. 

¿Qué se puede hacer?

Hay muchos accesorios que podemos poner sin tener consecuencias legales o que tengamos que dar explicaciones a la hora de pasar la ITV. 

Deberemos homologar la moto cuando las modificaciones que realicemos modifiquen los datos que figuran en la tarjeta de inspección técnica de la moto.

La ley que regula todo esto es la 866/2010, Y en ella dice que no se consideran reformas la instalación de colectores o silenciadores no originales, siempre que estén homologadas por la normativa 97/94/CE, y los catalizadores por la 2005/30 CE. También se puede instalar:

  • Una pantalla diferente cuando no sobrepase la altura máxima de la moto o se pueda desmontar sin necesidad de herramientas 
  • Los topes anticaída;
  • Las maletas y alforjas que no sobrepasen la anchura original de la motocicleta
  • Los porta matrículas homologados
  • El manillar ( dentro de la anchura original de la moto);
  • Las estriberas y pedales
  • El pedal del freno (las motos, no los scooter) con el interruptor para la luz trasera de «parada»
  • La plaza para el copiloto o pasajero ), pero no se puede eliminar los reposapiés del pasajero; o las manetas, de tamaño y forma similar a las originales.
  • Los neumáticos se pueden sustituir siempre que la capacidad de carga del neumático sea igual o superior a la que figura en la ficha técnica. Evidentemente no se pueden montar neumáticos no aptos para circular por carretera, por ejemplo unos neumáticos de tacos, a pesar de que las medidas sean las correctas.

 

¿Qué se considera una reforma en nuestra moto?

Todo lo que no se contiene en la lista anterior se considera una reforma en nuestra moto, algo que estará modificando las especificaciones por las que fue homologada y que requiere una nueva homologación. 

Por ejemplo si modificamos el motor, la transmisión, los ejes, las suspensiones, la dirección (lanzamiento y avance), frenos, la carrocería, los faros u otros datos que figuren en la ficha técnica de la moto. 

También se consideran modificaciones en el motor el cambio del filtro del aire (por ejemplo por unos abiertos) o del colector de la admisión del escape, y, por supuesto, la sustitución de la centralita o su reprogramación. Tampoco podemos cambiar el depósito de combustible de la moto, ni el carburador, los inyectores, ni sus conductos ni la bomba del combustible, sin una nueva homologación.